Casos de Éxito!

Se presentó una Acción de protección constitucional, demostrando que el gobierno Autónomo del cantón Babahoyo no entregó en totalidad la información requerida por la empresa contratista Urbafix S.A. y Chalemar S.A. para iniciar el debido proceso de ejecución de un contrato para la mejoración de la vialidad del centro de Babahoyo valorado en $3.235.772 dólares americanos, por lo tanto se emplazó a las autoridades a cumplir, luego de que ellos demandaran a las contratistas por supuestos incumplimiento de contrato.

Se presento una acción de protección constitucional, en contra del SENAE en la que se demostró que vulnero los derechos de una persona discapacitada, que había importado un vehículo usado valorado en $24.000, para lo cual solicito conforme a la Ley Orgánica de Discapacidades la exoneración de tributos correspondientes. Se logro como reparación integral que se deje sin efecto el rechazo de la solicitud de exoneración de tributos, se declaro válida la factura comercial y la liberación del vehículo importado que se encontraba en territorio ecuatoriano. Solicitando además a la SENAE que a través de los mecanismos necesarios, permita la nacionalización y entrega del vehículo. 

Se demanda al Servicio de Aduanas del Ecuador, ya que no notificaron al señor Portallupi la llegada de su propiedad, de modo que por no informar a la empresa Bissol Inc. representada por el antes mencionado la Aduana del Ecuador debió responder por el monto de $1.857.428 Dólares Americanos, debido a la pérdida y daños en la mercancía.

GONZAGA TORRES MELANIE YADIRA, adquirió una deuda - glosa por Sucesión Se presentó una acción de protección en contra de la Contraloría General del Estado en la cual se declaro ineficaz un título de crédito violatorio del derecho constitucional al debido proceso y se levantaron las medidas personales y reales que recaían sobre las accionantes y sus bienes.

Se solicita a la secretaría de Aduanas la devolución de una póliza de aduanas valorada en $16.000 dólares americanos, esto se presenta como una violación al derecho constitucional al trabajo, ya que la empresa demandante realizó la notificación temprana de la creación e implementación del software de impuestos contratados por la secretaría.

Se presenta una demanda en representación de la compañía FRINTO S.A, donde para abonar a una deuda con el banco antes mencionado se hizo la aportación de tres bienes inmuebles, los cuales el banco nunca tomó en consideración ni realizó registro alguno antes del feriado bancario, lo que llevó a que por ley se haya extinguido la deuda en vista de que no se tomaron estos bienes en cuenta para la cancelación de la deuda se le exigió la devolución de dichos bienes al banco, lo cual se logró exitosamente, recuperando una cantidad estimada de más de $43.000 dólares americanos.  

Se presentó una Acción Constitucional de Hábeas Data debido a la vulneración de la protección de datos de carácter personal, por la negativa tácita del Ministerio de Agricultura al no proporcionar la información solicitada por las accionantes correspondientes al pago por la expropiación del predio “San Román” ubicado en Babahoyo. Mediante sentencia se dispuso la reversión de dicha expropiación, por no haber demostrado de qué manera habían cumplido con el pago, y que se inscriba en el registro de la propiedad de Babahoyo. 

Se presentó una medida cautelar debido a que se les impidió el ingreso de los accionistas de una compañía para administrar el edificio “El Senador” que forma parte de los bienes de la compañía; se solicitó el resguardo de la fuerza pública para que vele y resguarde por la integridad de los accionistas y el liquidador de la compañía, con la finalidad de que se encargue de administrar el edificio, ya que el actual administrador vulnero el derecho constitucional a la propiedad y seguridad jurídica de los accionistas. 

Roger Josué Jaramillo Ortíz, Carlos Vicente Santiestevan Quimis, entre otros; por sus propios derechos contra Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT).Se solicita a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) que proceda con la inscripción de los títulos de especialización de los accionantes debido a que se ha dado una vulneración a sus derechos al debido proceso, seguridad jurídica y trabajo, a pesar que los accionantes han cumpli-do con todos los requisitos establecidos por la entidad para llevar a cabo dicho trámite.

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